los vendedores de los concesionarios suelen presionar a los compradores indecisos con argumentos como estos:
"es verdad que el coche aquí te sale algo más caro, pero ten en cuenta que te daremos prioridad de atención cuando vengas al taller a pasar las revisiones periódicas"
"si no me compras el coche deberás pasar la garantía en el concesionario donde lo compres y te pilla muy lejos, ¿ te merece la pena por 300 euros de diferencia de precio?
Estos y otros muchos argumentos son astutamente empleados para evitar la fuga del comprador de proximidad.
Pero ninguno de esos argumentos es verídico.
Lo cierto es que no tienes ninguna obligación, ni ante la ley ni ante la Marca, de llevar el coche a pasar las revisiones ni a ser atendido en el período de garantía exclusivamente en el concesionario donde compraste el coche.
Puedes ir al concesionario que quieras.
Ante la escasez de ventas, y la competencia de talleres independientes y centros de servicio rápido de reparación en grandes centros comerciales,seguro que serás atendido sin preguntarte siquiera donde compraste el coche.
Es más.
La Ley española y europea de garantía, no te obliga durante el período de duración de la misma, a llevar el coche , ni al concesionario que te lo vendió, ni a ningún otro a pasar las revisiones periódicas.
Solo te obliga a realizar una intervención donde es de aplicación la garantía del Fabricante en un concesionario oficial de la Marca ( el que elijas), porque los recambios que pongan a tu coche para subsanar el defecto deben ser recambios originales.
Es decir, si tu coche está en período de garantía, y tú tienes por costumbre hacer todos lo cambios de aceite, frenos, neumáticos, etc. en el taller que te dá la gana, si tienes un problema que requiere la aplicación de la garantía,no pierdes ningún derecho.
Solo te será legalmente exigible :
1º- que todas las revisiones periódicas realizadas a tu coche estén debidamente selladas en el libro de mantenimiento por el taller reparador.
2º- que se hayan realizado las antedichas revisiones de acuerdo a como lo determina el Fabricante en el citado libro de mantenimiento, es decir, dentro de los períodos, bien de tiempo, de kilometraje, o de ambos, que estén explicitamente en el libro inidicados.
¡¡¡ no necesitas nada más!!!.
La obligación de llevar el coche al concesionario dentro del período de garantía a hacer los mantenimientos ordinarios, no es más que un camelo que utilizan a sabiendas de que no es cierto solo para asegurarse negocio de taller y recambios.
Antiguamente si era obligatorio, pero tras adaptar el estado español sus leyes a las de la europa comunitaria en cuanto a leyes de la libre competencia, desapareció dicha obligatoriedad.
También desapareció la obligatoriedad de colocar en el coche recambios originales (idénticos a los que montaba el coche al salir de fábrica) durante el periodo de garantía.
Solo existe esa obligación cuando el recambio se utiliza para sustituir un pieza defectuosa cubierta por la garantía.
Espero con este post aclarar definitivamente la enorme confusión que muchos clientes tienen en este sentido, confusión por otro lado alimentada de forma poco ética por quienes no debieran honradamente hacerlo.
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Publicado o 08-01-2010 || Visto (802) veces
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